Muchas veces nos centramos en buscar trabajo y una vez lo conseguimos, nos limitamos a firmar un contrato y desconocemos cuales son nuestros derechos y obligaciones como trabajadores. Por eso la entrada de hoy se la vamos dedicar a este tema, y así la próxima vez que nos veamos en esta situación estaremos mejor informados.
Antes de nada debemos saber que tenemos un Estatuto de los Trabajadores, que es la ley que regula las relaciones laborales y derechos sindicales, si quieres tener más información te dejamos el enlace aquí.
Dentro del Estatuto de los Trabajadores podemos encontrar los Derechos de los Trabajadores y el Derecho Laboral.
El Derecho Laboral se encarga de regular, controlar y legislar los diferentes temas relativos al mundo laboral como: los derechos y obligaciones de las partes que forman el mundo laboral (trabajadores y empresarios), las condiciones de pago y remuneración, los servicios que deben ser incluidos en el pago, vacaciones y pagas, el derecho a la huelga, a la conformación de sindicatos, a la negociación colectiva, etc.
También hay que comentar que los derechos de los trabajadores son obligaciones para la empresa y viceversa. De todas formas hay que mirar el Estatuto de los Trabajadores y los Convenios Colectivos de la empresa a la que entremos a trabajar ya que de unas a otras pueden variar.
Vamos a ver los derechos y deberes más importantes de los trabajadores:
Derechos del trabajador/a
- A la ocupación efectiva durante la jornada del trabajo.
- A la promoción y formación en el trabajo (ascensos, cursos de formación y adaptación,etc)
- A no ser discriminados para acceder a un puesto de trabajo.
- A la integridad física y a la intimidad.
- A percibir puntualmente la remuneración pactada (el sueldo).
- A las vacaciones.
- Los demás derechos que se establezcan en el contrato.
- Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo.
- Cumplir las medidas de seguridad e higiene que haya en la empresa.
- Cumplir las órdenes e instrucciones de la empresa en el ejercicio de su función directiva.
- No realizar el mismo trabajo para otra empresa que desarrolle la misma actividad.
- Contribuir a mejorar la productividad.
- Los demás deberes que se establezcan en el contrato de trabajo.
Derechos del empresario/a:
- El poder de dirección: debe dar órdenes sobre el modo, tiempo y lugar de la ejecución del trabajo, así como cantidad y calidad del mismo.
- El poder de variación: puede variar o transformar la ejecución del trbajo con el fin de adaptar la prestación laboral a los cambios en la cualifucación profesional del trabajdor/a debido a la movilidad, ya sea funcional, geográfica o modificación sustancial de las condiciones del trabajo.
- El poder disciplinario: el empresario puede vigilar y controlar la ejecución del trabajo y el cumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador, también puede poner sanciones en caso de incumplimiento de sus deberes.
Deberes del empresario/a:
- La principal obligación del empresario/a es el pago del salario correspondiente.
- El empresario/a tiene los siguientes deberes profesionales: igualdad de trato, promoción profesional así como de respeto de la categoría profesional del trabajador/a.
- Respeto a la intimidad y a la dignidad del trabajador/a.
- Obligación de llevar una política de seguridad e higiene en el trabajo.
Esperamos haberos servido de ayuda y ayudado a orientaros un poco más sobre nuestros derechos en el mundo laboral. Si tenéis alguna duda ya sabéis que podéis dejarnos un comentario abajo y lo resolveremos lo entes posible o visitarnos en la asesoría juvenil de martes a jueves de 17:30 a 20:30. Un saludo
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